Barrio: / Tema: Cartografia
Ubicación Histórica, Año:2017
Proyecto de Ordenanza de Reglamenta
Proyecto de Ordenanza de Reglamentación de funcionamiento de las Comisiones Vecinales de General Pico Cristian Exequiel Viola Año: 2.017 Resumen Este trabajo de Investigación muestra las conclusiones que posibilitarían brindar una solución a la problemática planteada respecto al establecimiento de una articulación eficaz y permanente entre el Municipio de General Pico y las Comisiones Vecinales de la ciudad mediante el dictado de una reglamentación de funcionamiento de las mismas. Con este propósito, se realizó en una primera etapa un amplio relevamiento y análisis histórico de doctrina, normativa y jurisprudencia pertinente. Esta actividad posibilitó detectar una marcada indiferencia por parte de los funcionarios de turno. Además, quedó manifiesto el desinterés de la ciudadanía con respecto al alcance de la autonomía en los Municipios. En lo que respecta a la Provincia de La Pampa, esta situación es aún más problemática, en tanto que las Municipalidades y las Comisiones de Fomento carecen del orden institucional de la autonomía, al no poder dictar su propia Carta Orgánica de funcionamiento. Ante esta circunstancia, el autor de este trabajo concluye que los municipios pampeanos poseen autonomía semiplena. En relación directa a la temática de las Comisiones Vecinales, se examinó normativa nacional, internacional, provincial y municipal. Esta documentación permitió ampliar el cuerpo de conocimiento hasta el momento construido. Profundizando el análisis se recabó la opinión de los actores directamente involucrados: funcionarios municipales y directivos de Comisiones Vecinales. El entrecruzamiento de la palabra de los mismos con el relevamiento normativo jurídico permitió detectar algunos inconvenientes que podrían obstaculizar la concreción de una propuesta de legislación. Consecuentemente, se propusieron y desarrollaron acciones tendientes a neutralizar estos nudos críticos. Finalmente, se propone un proyecto de Ley Provincial que determine los principios que las normativas municipales deban respetar en relación al contralor y fiscalización de las Comisiones Vecinales y un proyecto de Ordenanza que reglamente el funcionamiento de las mismas en la jurisdicción de la Ciudad de General Pico… Continúa….. Para leer completo este trabajo, puede dirigirse a la Biblioteca “Silvia Ramos” de Corpico, sita en calle 104 Nº 555, donde se encuentra digitalizado,pues el párrafo aquí subido es parte de una Tesis final de la carrera de abogacía del autor, que consta de más de 200 página y tuvo la gentileza de compartirlo. Hemos considerado subirlo debido al aporte que esta investigación tuvo junto a un trabajo minucioso que ha llevado a cabo la Dirección de Asuntos vecinales de Gral. Pico, (donde el autor, desarrolla sus tareas habituales) que concluyó con la aprobación por parte del Concejo Deliberante de la Ordenanza Nº 135/16 de Delimitación territorial de los barrios de la ciudad, que tan gentilmente nos han enviado con anterioridad y que agregamos a esta página web en sección Cartografía con el Nº 214. Marta R.Hondere DNI 16644154

Ubicación Histórica, Año:2017
Proyecto de Ordenanza de Reglamenta
Proyecto de Ordenanza de Reglamentación de funcionamiento de las Comisiones Vecinales de General Pico Cristian Exequiel Viola Año: 2.017 Resumen Este trabajo de Investigación muestra las conclusiones que posibilitarían brindar una solución a la problemática planteada respecto al establecimiento de una articulación eficaz y permanente entre el Municipio de General Pico y las Comisiones Vecinales de la ciudad mediante el dictado de una reglamentación de funcionamiento de las mismas. Con este propósito, se realizó en una primera etapa un amplio relevamiento y análisis histórico de doctrina, normativa y jurisprudencia pertinente. Esta actividad posibilitó detectar una marcada indiferencia por parte de los funcionarios de turno. Además, quedó manifiesto el desinterés de la ciudadanía con respecto al alcance de la autonomía en los Municipios. En lo que respecta a la Provincia de La Pampa, esta situación es aún más problemática, en tanto que las Municipalidades y las Comisiones de Fomento carecen del orden institucional de la autonomía, al no poder dictar su propia Carta Orgánica de funcionamiento. Ante esta circunstancia, el autor de este trabajo concluye que los municipios pampeanos poseen autonomía semiplena. En relación directa a la temática de las Comisiones Vecinales, se examinó normativa nacional, internacional, provincial y municipal. Esta documentación permitió ampliar el cuerpo de conocimiento hasta el momento construido. Profundizando el análisis se recabó la opinión de los actores directamente involucrados: funcionarios municipales y directivos de Comisiones Vecinales. El entrecruzamiento de la palabra de los mismos con el relevamiento normativo jurídico permitió detectar algunos inconvenientes que podrían obstaculizar la concreción de una propuesta de legislación. Consecuentemente, se propusieron y desarrollaron acciones tendientes a neutralizar estos nudos críticos. Finalmente, se propone un proyecto de Ley Provincial que determine los principios que las normativas municipales deban respetar en relación al contralor y fiscalización de las Comisiones Vecinales y un proyecto de Ordenanza que reglamente el funcionamiento de las mismas en la jurisdicción de la Ciudad de General Pico… Continúa….. Para leer completo este trabajo, puede dirigirse a la Biblioteca “Silvia Ramos” de Corpico, sita en calle 104 Nº 555, donde se encuentra digitalizado,pues el párrafo aquí subido es parte de una Tesis final de la carrera de abogacía del autor, que consta de más de 200 página y tuvo la gentileza de compartirlo. Hemos considerado subirlo debido al aporte que esta investigación tuvo junto a un trabajo minucioso que ha llevado a cabo la Dirección de Asuntos vecinales de Gral. Pico, (donde el autor, desarrolla sus tareas habituales) que concluyó con la aprobación por parte del Concejo Deliberante de la Ordenanza Nº 135/16 de Delimitación territorial de los barrios de la ciudad, que tan gentilmente nos han enviado con anterioridad y que agregamos a esta página web en sección Cartografía con el Nº 214. Marta R.Hondere DNI 16644154

